Adopción nacional

La adopción es un recurso de protección a la infancia que proporciona una familia a aquellos niños y niñas que no pueden permanecer en la suya de origen. Con la adopción se generan vínculos entre personas adoptantes y los niños o niñas susceptibles de adopción, análogos a los biológicos. Es irrevocable.

Las personas adoptadas, alcanzada la mayoría de edad o durante su minoría de edad a través de sus representantes legales, tendrán derecho a conocer los datos que sobre sus orígenes obren en poder de las Entidades Públicas con competencia en materia de protección a la infancia de las Comunidades/Ciudades Autónomas. Por su parte, las Entidades Públicas asegurarán la conservación de la información de que dispongan relativa a los orígenes del niño o niña, en particular la información respecto a la identidad de sus progenitores, así como la historia médica de la persona adoptada y de su familia. 

Portada del manual de recomendaciones para la búsqueda de orígenes

Manual de recomendaciones para la búsqueda de orígenes

Con carácter general, las personas que se ofrezcan para adoptar deberán cumplir al menos los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de veinticinco años. En la adopción por parte de dos personas será suficiente que una de ellas haya alcanzado dicha edad. 
  • La diferencia de edad entre adoptante y persona adoptada será de, al menos, dieciséis años y no podrá ser superior a cuarenta y cinco años. Cuando fueran dos las personas adoptantes, será suficiente con que una de ellas no supere la diferencia máxima de edad con la persona adoptada.
  • Haber sido declarado idóneo para el ejercicio de la patria potestad por la entidad pública competente, entendiéndose por idoneidad la capacidad, aptitud y motivación adecuadas para ejercer la responsabilidad parental, atendiendo a las necesidades de los niños, niñas o adolescentes a adoptar, y para asumir las peculiaridades, consecuencias y responsabilidades que conlleva la adopción. Por ello, la declaración de idoneidad requerirá una valoración psicosocial sobre la situación personal, familiar y relacional de las personas que se ofrecen para la adopción, su capacidad para establecer vínculos estables y seguros, sus habilidades educativas y su aptitud para atender a un niño, niña o adolescente en función de sus particulares circunstancias.

Las personas interesadas en ofrecerse para la adopción nacional deberán dirigirse a los servicios de protección a la infancia de la Comunidad/Ciudad Autónoma donde tengan fijada su residencia.